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El Colegio pide al Gobierno que actualice los requisitos exigidos para que las personas con mayores de 65 años a su cargo puedan desgravar

Martes 3 de junio de 2014

Tras los datos facilitados recientemente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que ponen de manifiesto que la pensión media aumentó en Galicia un 1,9% en mayo, situándose en 733,13 euros al mes, el Colegio de Gestores Administrativos de Galicia quiere recordar que actualmente aún son muy pocos los contribuyentes que teniendo ascendientes a su cargo (padres, abuelos o bisabuelos) pueden desgravar por este concepto en su declaración de la Renta.   Desde la corporación recuerdan que para poder aplicar la reducción por convivencia con un ascendiente mayor de 65 años, las rentas de éste no pueden superar los 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto, una circunstancia que apenas se da, puesto que en el ejercicio 2013, que es en el que se declara este año en IRPF, la pensión mínima de jubilación con 65 años ascendió a 8.383,20 euros, excediendo en 383,20 euros el techo marcado por la AEAT para aplicar la desgravación.   Así las cosas, desde la corporación, que aglutina a más de 600 profesionales licenciados colegiados, reclaman al Gobierno que actualice cada año este requisito, adaptándolo a la realidad de la mayor parte de los contribuyentes, subiendo el techo de renta, por lo menos, a un importe que supere las diferentes pensiones mínimas según la situación familiar que corresponda a cada periodo de tributación, para poder aplicar la desgravación.  

Comprobar los datos personales También insisten en la necesidad de que el contribuyente compruebe que sus datos fiscales son los correctos en el borrador de la Renta, en especial si sus circunstancias personales cambiaron en el pasado año, como el nacimiento o adopción de un hijo, el fallecimiento del cónyuge o de algún otro miembro de la unidad familiar, el matrimonio o la separación o el reconocimiento de alguna discapacidad o la variación en el grado de minusvalía que tuviera reconocido el contribuyente.   El Colegio recuerda que en años anteriores el 95% de los borradores revisados en las gestorías administrativas estaban incompletos, faltando datos clave que podrían perjudicar la economía del contribuyente en caso de confirmarse sin revisar.  

Responsabilidad del contribuyente El colectivo también recuerda que en caso de firmar el borrador, estén sus datos correctos o no, el responsable es siempre el contribuyente, aunque haya sido la Agencia Tributaria la que elabora este documento.