El Colegio recuerda que es preciso actuar antes de Fin de Año para poder ahorrar
Claves para rebajar la factura fiscal del IRPF 2017
Martes 28 de noviembre de 2017
Con el lema “Que no te den las uvas en Renta” los Gestores Administrativos de Galicia recuerdan a los contribuyentes que hasta el día 31 de diciembre, fecha en que se cierra el ejercicio fiscal, todavía están a tiempo de rebajar la factura del IRPF 2017 que se pagará el año próximo.
Desde la corporación señalan que existen varias fórmulas para ahorrar hasta 3.000 euros en una renta media como las que a continuación se relacionan, pero recuerdan que es imprescindible acudir a un asesor fiscal colegiado porque cada caso es diferente y lo que puede resultar ventajoso para algunos contribuyentes puede no serlo para otros.
1- Deducción por compra de vivienda habitual
Las personas que adquirieron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 van a seguir disfrutando de su derecho a la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros. Desde la corporación recuerdan que si se ha suscrito una hipoteca para adquirir una vivienda y antes de fin de año se realiza una amortización anticipada de capital, también se puede desgravar en la declaración de la Renta 2017.
2- Plusvalías por venta de vivienda habitual
Los que han vendido su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta entre el 19% y el 23%. No obstante, si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar o atenuar este pago, en función de la aportación que se realice.
3- Venta de bienes por mayores de 65 años
Las ganancias obtenidas por los contribuyentes mayores de 65 años por la venta de cualquier bien están exentas de tributación tras la reforma fiscal. Ahora bien, esa exención se producirá siempre y cuando los importes se destinen a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses.
4- Compensar pérdidas con ganancias
Final de año es un buen momento para compensar las pérdidas generadas por acciones, fondos de inversión u otros productos financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. No obstante, conviene recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses posteriores a la venta.
5- Aportaciones a ONGs
Los contribuyentes que este año han realizado aportaciones a ONGs deben tener a mano los justificantes de los importes donados para presentar en la declaración de 2017. Desde el Colegio recuerdan que también desgravan las cuotas sindicales, las de colegios profesionales con carácter obligatorio (con un límite de 500 euros) o los gastos de defensa jurídica contra el empleador (con un límite de 300 euros).
6- Aportaciones al Plan de Pensiones
Son una de las fórmulas más socorridas para rebajar la factura fiscal. Las aportaciones a sistemas de previsión social -planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de empresa y seguros de dependencia- reducen directamente la base imponible del contribuyente, aunque con limitaciones. Las aportaciones con derecho a tal reducción serán como máximo desde 8.000 euros para los menores de 50 años y hasta 12.500 para los mayores de esa edad.
7- Reformas y rehabilitaciones Cuando se invierta en la vivienda en concepto de rehabilitación para mejora de la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente, seguridad, estanqueidad y accesibilidad del edificio es posible desgravar. En estos casos se deducirá el 10% del coste de la obra.
8- Acudir a un despacho colegiado
Para sacar el máximo partido a la Declaración de la Renta, los gestores administrativos recomiendan acudir a un despacho colegiado, donde analizarán con detenimiento el caso particular y verán la forma más rentable de liquidar el impuesto sobre la Renta en 2018, así como el resto de los tributos que se tienen que pagar a lo largo del año.